PATRICIO VALLEJOS M.

EXPERTO PROFESIONAL EN PREVENCIÓN DE RIESGOS.

 

Patricio Vallejos es Ingeniero en Prevención de Riesgos de la Universidad Arturo Prat (UNAP), especializado en Emergencias y Desastres. En el año 2019 se incorpora a al Departamento de Administración de Salud como Asesor del Departamento cuya responsabilidad principal es la realización de actividades preventivas destinadas a evitar que se produzcan accidentes laborales y enfermedades profesionales.

Desde el año 1969 que existe la instrucción legal que resguarda la salud de los trabajadores a través de la Ley 16.744, específicamente el Artículo 66 y el Decreto Supremo Nº40. La normativa instruye la habilitación de Departamentos de Prevención de Riesgos en aquellos lugares de trabajo que sobrepasen los 100 trabajadores, así como el funcionamiento de Comités Paritarios constituidos por los mismos trabajadores.
En abril del 2019 nuestra Corporación formalizó la contratación de un Experto en Prevención de Riesgos a cargo de los Centros de Atención Primaria, Ingeniero en Prevención de Riesgos, señor Patricio Vallejos M.

 

Objetivos

Planificar, ejecutar, supervisar y promover acciones permanentes para evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Misión

“Contribuir a mejorar la calidad de vida laboral de todos los funcionarios de la Atención Primaria de Salud en materia de seguridad y salud en el trabajo, mediante la implementación de actividades preventivas y seguridad participativa. Entregar óptimas condiciones laborales para los trabajadores, con la finalidad de evitar la ocurrencia de accidentes laborales y enfermedades profesionales.”

Visión

La Prevención de Riesgos es una instancia humanizada de la COMUDESI, en permanente interacción con los otros departamentos de la Corporación y Municipalidad, con una imagen corporativa sólida, con resultados eficaces y eficientes. Se espera que la Prevención de Riesgos sea un sistema de alta resolutividad, orientado directamente a mejorar todas las condiciones inseguras que pudiesen originar accidentes o enfermedades laborales en nuestros trabajadores, aplicando una gestión de riesgos de calidad y generando productos sustentables en el tiempo.

 

Sus funciones

 

  1. Planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de programas para las distintas áreas del Departamento de Administración de Salud en materias de Prevención de Riesgos Laborales.
  2. Planificar, ejecutar y supervisar acciones permanentes de prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales.
  3. Elaborar y mantener registros actualizados de información y evaluación de resultados respecto a los accidentes del trabajo, consolidando tasa de frecuencia y gravedad durante períodos específico.
  4. Elaborar e implementar programas y procedimientos de prevención y control de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales en las áreas de trabajo.
  5. Planificar y gestionar acciones educativas de prevención de riesgos (talleres, cursos, capacitaciones) y de promoción de éstas para los funcionarios.
  6. Reconocer y evaluar los riesgos de accidentes en cada centro de salud y entregar las recomendaciones destinadas a minimizar dichos riesgos.
  7. Promover la constitución y funcionamiento de los comités paritarios de los centros de salud.
  8. Planificación y coordinación de trabajo con el organismo administrador del Seguro contra riesgos de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales para la aplicación de medidas de prevención.
  9. Apoyar y asesorar técnicamente a Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
  10. Colaborar con la elaboración y actualización del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad en los aspectos de seguridad y salud ocupacional.

 

Comités paritarios de higiene y seguridad

 

Los Comités son organismos técnicos de participación conjunta y armónica entre la empresa y los trabajadores, creados administrativamente para que se detecten y evalúen los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales inherentes a los procesos, equipos e instalaciones particulares de cada empresa. El objetivo es que se adopten acuerdos razonables sobre las medidas técnicas y administrativas factibles de aplicar para su eliminación y/o control.

Su constitución y funcionamiento se regula a través del Decreto Supremo Nº 54. Están integrados por representantes designados de la empresa: tres titulares y tres suplentes; representantes de los trabajadores elegidos por votación directa: tres titulares y tres suplentes y un integrante por derecho propio que corresponde al Asesor en Prevención de Riesgos del Departamento de Salud (sin derecho a voto). El Comité se constituye por un período de dos años con la posibilidad de que sus integrantes sean reelectos.

 

 

Tanto en la Intranet corporativa, como en el presente sitio web se encontrarán disponibles los documentos orientados a notificar accidentes del trabajo, enfermedades profesionales, agresiones por usuarios o maltrato laboral, acoso laboral y acoso sexual. Dichos documentos los podrá encontrar a continuación.